Impuesto sobre bienes inmuebles

Si es propietario de un inmueble en Múnich, tiene que pagar el impuesto sobre bienes inmuebles. Podemos tener en cuenta los cambios más rápidamente si nos lo notifica directamente.

Nota importante

Nota importante

La reforma del impuesto sobre bienes inmuebles se ha aplicado en gran medida. Se ha tramitado el 95 % de las resoluciones de liquidación de la Agencia Tributaria en el marco de la reforma del impuesto sobre bienes inmuebles. La Administración está trabajando a toda máquina para resolver también los casos especiales restantes. Se prevé que los cambios de titularidad que se produzcan en 2025 puedan ser objeto de una nueva liquidación a finales de este año.

Requisitos previos

Procedimiento de evaluación

Existen dos tipos de impuesto sobre bienes inmuebles:

  • El impuesto sobre bienes inmuebles A para las empresas agrícolas y forestales
  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles B para todas las demás propiedades

El procedimiento de evaluación se lleva a cabo en parte por la Agencia Tributaria del Estado y en parte por la ciudad de Munich.

La Agencia Tributaria determina el sujeto pasivo de un inmueble. También determina el valor unitario y el importe del impuesto sobre bienes inmuebles de la propiedad en cuestión.

La ciudad de Múnich multiplica el importe de la liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles por el tipo de gravamen, que actualmente es del 824% (a partir del 1 de enero de 2025). El importe calculado figura como impuesto sobre bienes inmuebles en la notificación de la liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles. Si hay más de un propietario, la ciudad de Múnich seleccionará un deudor solidario.

Nota: El impuesto sobre bienes inmuebles es un impuesto anual. Las circunstancias a 1 de enero de un año son determinantes para la cuota tributaria. Si vende su inmueble dentro del año, sigue siendo deudor del impuesto hasta final de año. La fecha de la transmisión de beneficios y gravámenes es determinante.

Duración y costes

Plazo de tramitación

A principios de 2025, la ciudad de Múnich enviará más de 500.000 notificaciones a todos los contribuyentes debido a la reforma del impuesto sobre bienes inmuebles. Le rogamos que comprenda que, por este motivo, la tramitación de su solicitud puede tardar un poco más.

Utilice nuestro formulario de contacto del impuesto sobre bienes inmuebles para su consulta.

Preguntas y respuestas

En nuestra
página web «Reforma del impuesto sobre bienes inmuebles 2025»

A partir de 2025, el impuesto sobre bienes inmuebles se fijará con arreglo a la nueva Ley bávara del impuesto sobre bienes inmuebles. Hasta entonces, seguirá vigente la antigua normativa federal

¿Tiene alguna pregunta sobre su liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles, sobre su fijación o sobre su importe?
Estaremos encantados de responder a sus preguntas:

¿Tiene alguna pregunta sobre su liquidación catastral del impuesto sobre bienes inmuebles? ¿O desea comunicar algún cambio? ​
En ese caso, la autoridad competente es la Agencia Tributaria de Múnich:

El impuesto sobre bienes inmuebles se abona en cuatro plazos, el 15 de febrero, el 15 de mayo, el 15 de agosto y el 15 de noviembre, respectivamente.

Si solicita el pago anual, el impuesto sobre bienes inmuebles deberá abonarse en un solo pago el 1 de julio de cada año. No obstante, el cambio solo será posible a partir del año siguiente. La solicitud debe presentarse antes del 30 de septiembre.

Su liquidación tributaria es válida hasta que se produzcan cambios que afecten a la fijación del impuesto.

Tenga en cuenta que ni siquiera un recurso tiene efecto suspensivo del pago. Esto significa que deberá abonar las cantidades adeudadas hasta que la liquidación sea revocada o modificada.

Aunque venda el inmueble, la obligación de pago se mantiene hasta que reciba una resolución de anulación.

Debido a la reforma del impuesto sobre bienes inmuebles, a partir del 9 de enero de 2025 recibirá una nueva liquidación de dicho impuesto.

Si vende su terreno o edificio, envíenos el formulario «Notificación de cambio de titularidad » debidamente cumplimentado.

El impuesto sobre bienes inmuebles es un impuesto anual. Para determinar la obligación tributaria, son determinantes las circunstancias a 1 de enero de cada año. Si vende su inmueble durante el año, seguirá siendo deudor del impuesto hasta finales de año. Lo determinante para el cambio de la obligación tributaria es la fecha del cambio de derechos y obligaciones (no la cita ante el notario).

Si ha cambiado de dirección, le rogamos que nos lo comunique de forma informal:

  • Notificar cambios en línea
  • por correo electrónico: grundsteuer.ska@muenchen.de
  • por correo postal:
    Capital del Estado de Múnich
    Tesorería Municipal
    SKA 4.2 Impuesto sobre bienes inmuebles
    Apartado de correos 201951
    80019 Múnich

El Ayuntamiento de Múnich está obligado a acatar las determinaciones de la Agencia Tributaria recogidas en la notificación de liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles . Por lo tanto, solo podrá presentar reclamaciones ante la Agencia Tributaria competente de Múnich.

Dirección postal:
Oficina de Hacienda de Múnich
Oficina de tramitación de Höchstädt
Traubenberg 3
89420 Höchstädt

Se puede acudir en persona a la oficina de Hacienda de Múnich, centro de atención al público de Deroystraße 12, en Múnich:
Lunes, martes, jueves y viernes: de 8:00 a 12:00

​Teléfono: 089 1252-0

Aunque se haya inscrito un usufructo sobre un inmueble sujeto a impuestos, el propietario o la propietaria sigue estando sujeto a impuestos.

Por supuesto, la persona con derecho a usufructo puede abonar el impuesto sobre bienes inmuebles con efecto liberatorio. Si existe un poder correspondiente a nombre de la persona con derecho a usufructo, esta puede figurar como representante autorizado para la recepción de pagos.

Le rogamos que nos informe en caso de que se produzca una sucesión. Si nos envía un certificado de herencia, es posible que podamos tramitar por adelantado el cambio de titularidad a nombre de uno de los herederos.

La liquidación del impuesto sobre bienes inmuebles está sujeta al secreto fiscal. Por lo tanto, solo podremos facilitarle información por teléfono o por escrito si nos presenta un poder otorgado por el contribuyente.

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