Ayuda básica a la renta en la vejez y en caso de disminución de la capacidad de ganancia
Las personas necesitadas que han abandonado definitivamente el mercado de trabajo por vejez o por reducción total y permanente de la capacidad de ganancia pueden solicitar una ayuda básica a la renta.
Descripción del curso
La ayuda básica a la renta en la vejez y en caso de disminución de la capacidad de ganancia es una forma especial de asistencia social.
No obstante, el alcance de las prestaciones corresponde básicamente al de la ayuda para gastos de manutención e incluye en particular
- el requisito estándar pertinente y los costes razonables de alojamiento y calefacción
- los posibles suplementos por necesidades adicionales en determinadas circunstancias
- requisitos legales adicionales (por ejemplo, requisitos puntuales)
- prestaciones en el marco de la educación y la participación (BuT) para niños y jóvenes de hasta 25 años (como, por ejemplo, ayuda para material escolar, gastos de comidas colectivas, gastos de viajes escolares de varios días, ayuda para la participación, etc.)
Prestaciones especiales
- prestación dependiente de la solicitud
- por regla general, no se recurre a las pensiones alimenticias de los hijos ni de los padres
- Las prestaciones comienzan a partir del primer día del mes en que se presenta la solicitud
Puntos de contacto especiales
- Las personas sordas residentes en Múnich deben dirigirse al Servicio Social para Sordos.
- Los residentes en Múnich que no dispongan de vivienda propia deben dirigirse al Centro Central de Asistencia a las Personas sin Hogar.
Requisitos previos
Las personas que se hayan retirado definitivamente de la vida laboral por motivos de edad o por una incapacidad laboral total y permanente, y que no puedan subvenir en sus necesidades con sus propios ingresos y patrimonio:
- Las personas que hayan alcanzado la edad límite establecida (los 65 años cumplidos o, para los nacidos a partir de 1947, la edad límite que se va elevando progresivamente hasta los 67 años cumplidos).
- Las personas que hayan cumplido los 18 años y que, independientemente de la situación del mercado laboral, padezcan una incapacidad laboral total y permanente en el sentido de la Seguridad Social.
Las personas que hayan cumplido los 18 años también tienen derecho a la prestación durante el período en el que cursen el proceso de admisión y la formación profesional en un taller para personas con discapacidad, o bien trabajen en el ámbito laboral.
(Las personas en busca de empleo, las personas en edad de trabajar y sus familiares solicitan la prestación de seguridad básica con arreglo al Código Social —Libro II (SGB II))
Documentos necesarios
- Documento de identidad o pasaporte
- Justificante de
- Ingresos
- Activos
- Gastos de alojamiento
Puede descargar aquí los formularios de solicitud en formato PDF:
firme los impresos de solicitud (parte 1 y parte 2 de la solicitud básica), así como los impresos "Otras personas en mi/nuestro domicilio" y "Personas obligadas a prestar alimentos" y preséntelos en papel en el centro de asistencia social de su localidad junto con los documentos necesarios
- Solicitud básica parte 1 - SGB XII (hoja de datos básicos) (PDF)
- Solicitud básica Parte 2 - Capítulo 4 SGB XII (PDF)
- Solicitud básica Parte 2 SGB XII - Anexo Personas adicionales en mi/nuestro domicilio (PDF)
- Solicitud básica Parte 2 SGB XII - Anexo personas a cargo (PDF)
Rellene el formulario/apéndice "Otras personas en mi/nuestro domicilio" si no vive solo.
Rellene también el formulario/apéndice "Personas a cargo" si tiene personas a su cargo (es decir, padres, hijos mayores de edad y cónyuges, incluidos los separados o divorciados) que no viven con usted en su hogar.
Las personas sin hogar de Múnich deben dirigirse a la "Zentrale Wohnungslosenhilfe" (Asistencia Central para Personas sin Hogar) de la Oficina de Vivienda y Migración. Es responsable de toda la zona de la ciudad.
Preguntas y respuestas
Existe una reducción plena de la capacidad de ganancia en el sentido del seguro de pensiones legal cuando la capacidad de ganancia es inferior a tres horas diarias durante un periodo de tiempo imprevisible debido a una enfermedad o invalidez en las condiciones generales del mercado de trabajo.
Los hijos y los padres no están obligados mientras no alcancen unos ingresos anuales totales superiores a 100.000 euros.
Bases jurídicas
Código Social, Libro Duodécimo (SGB XII).