Apoyo a la inversión en servicios de atención ambulatoria
Como servicio de atención ambulatoria, puede recibir ayudas a la inversión de acuerdo con las directrices y los fondos presupuestarios disponibles.
Descripción del curso
Finalidad e importe de la financiación
El programa de fomento de la inversión tiene por objeto contribuir a que Múnich disponga de una infraestructura asistencial eficiente y basada en las necesidades, y a que se apoye a los centros de asistencia ambulatoria. El Comité de Bienestar Social de la ciudad de Múnich aporta anualmente fondos presupuestarios para este programa de financiación.
Objeto del programa de financiación
Son subvencionables los gastos de inversión necesarios desde el punto de vista operativo, como los relativos a material de oficina, maletines asistenciales, ropa de trabajo, vehículos de empresa y gastos de alquiler o leasing. Los gastos en que se incurra deben ser claramente imputables al funcionamiento del servicio asistencial. El artículo 82 (2) números 1 y 3 SGB XI regula qué inversiones se consideran necesarias para el funcionamiento. Los importes máximos hasta los que la ciudad de Múnich reconoce las inversiones pueden consultarse en la lista de importes máximos.
Al presentar la solicitud, tenga en cuenta también nuestra hoja informativa y la información sobre el GDPR.
Requisitos previos
Pueden solicitar financiación los servicios asistenciales que prestan asistencia a residentes de Múnich en el marco del SGB XI (Libro Undécimo del Código Social) y disponen de un contrato asistencial de conformidad con el artículo 72 del SGB XI.
Atención: A partir del año de financiación 2026, cambiará la tramitación de las solicitudes por parte del departamento especializado del Departamento Social. Para evitar que la solicitud sea rechazada, la solicitud y los anexos 1 A, 1 B y 2 deberán presentarse por correo antes de
31. A más tardar en marzo de 2026 por correo postal
recibidos por la ciudad de Múnich por correo postal a más tardar en marzo de 2026.
Sólo se tramitarán las inversiones documentadas y registradas (anexo 2 de la solicitud) y el anexo 3 deberá cumplimentarse en su totalidad y presentarse antes del 31 de julio de 2026.
hemos facilitado información al respecto en nuestra carta de 11 de diciembre de 2025.
Documentos necesarios
- Aplicación para el ejercicio presupuestario correspondiente
- Plantilla del personal de enfermería en junio (Anexo 1 A)
- Plantilla del personal de enfermería en diciembre (anexo 1 B)
- Recursos materiales (anexo 2)
- Resumen de ingresos del año anterior (anexo 3)
- Justificantes como nóminas, facturas, etc
Bases jurídicas
§ §§ 82 (2) números 1 y 3 SGB XI
§§ Artículos 69 y 71 (1) SGB XI
Sozialreferat
Altenhilfe und Pflege
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Sankt-Martin-Straße 53
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